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L.8 f-101
Auto mediante el cual se dispone que todas las casas sean iluminadas desde las siete de la noche, para celebrar el cumpleaños del Rey. Quien no cumpliere el mandato será multado.
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L.8 f-103
Auto mediante el cual se dispone que se coloquen luminarias en todas las casas para celebrar el cumpleaños del Rey, el incumplimiento tendrá una multa de cuatro pesos.
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L.8 f-105
Comunicación en la que se informa la disposición de que se entregue anualmente los padrones de todos los habitantes de estas provincias, con diferencias de: estados, gremios, castas y clases.
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L.8 f-106
Comunicación en la que se remite la real orden conteniendo la prohibición de celebrar las fiestas de carnestolendas, que se acostumbra jugar en las ciudades por los desórdenes que causan los jóvenes de ambos sexos, por encontrarse en ese tiempo celebrando las procesiones al señor de Girón por la ausencia de lluvias.
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L.8 f-108
Auto que dispone el establecimiento de pulperías en Cuenca para lo que se elimina los impuesto que gravan el ramo y queda bajo la dependencia exclusiva del ramo de alcabalas.
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L.8 f-112
Oficio solicitando el envío de veinte muchachos para aplicarlos a la fábrica de cohetería, los muchachos serán escogidos en primera instancia de los huérfanos.
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L.8 f-126
comunicación de la disposición del Presidente, prohibiendo el comercio con Guayaquil por algún para evitar el contagio de sarampión, se pide el envío de un padrón de las víctimas que han muerto por este mal.
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L.8 f-129
Comunicación de una orden del Presidente mandando, no se acate la disposición de remitir los padrones anuales de acuerdo a estados, gremios, clases y castas. Pide se comunique a todos los sacerdotes para que cumplan.
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L.8 f-130
comunicación en la que informa la recepción de un oficio del presidente, disponiendo que venta de aguardiente solo se realizará mediante el ramo de aguardiente de su majestad, prohibiendo esta práctica a los particulares.
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L.8 f-132
Comunicación informado las disposiciones de su Majestad respecto de la administración general del ramo de alcabalas por parte de su Majestad.
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L.8 f-134
Comunicación informando la disposición del establecimiento de carnicerías públicas, manda se tomen las precauciones necesarias para evitar la matanza de reses particularmente, se manda vigilar que toda la carne a expender pase por la carnicería pública.
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L.8 f-136
Comunicación para que se coloquen luminarias en todos los lugares, como representación del regocijo del pueblo por celebrar el ocho de diciembre el día de la "Purísima Concepción".
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L.8 f-138
Comunicación en la que se dispone que el Cabildo debe reunirse los días martes y viernes, para tratar asuntos relacionados con la administración del Rey, so pena de multa.
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L.8 f-140
Comunicación informando que en esta ciudad no se cumple con lo establecido respecto al culto del viático del Santísimo Sacramento.
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L.8 f-142
Comunicación informando a cerca de las continuas preguntas sobre el fuero militar, a lo que responde que gozarán de este solo cuando estén en servicio.